La reciente crisis del coronavirus no ha alterado la campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2019, la cual arrancó el pasado 1 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, no obstante hay ciertas novedades que deberemos tener en cuenta. Está previsto que las devoluciones comiencen a efectuarse un par de días después del inicio de la campaña.
A pesar de que la mayoría de los trámites administrativos y tributarios se han visto afectados por el actual estado de alarma, desde el Ministerio de Hacienda han decidido mantener el calendario de la campaña de Renta. Aludiendo así a la importancia de que los contribuyentes reciban sus devoluciones de renta debido a las circunstancias actuales. A este respecto, el citado Ministerio señala que en torno a un 70% de las declaraciones de Renta presentadas saldrán a devolver.
Pues bien, de cara a la presentación de la declaración de la Renta habrá que tener en cuenta una serie de novedades normativas. En algunos casos reducirán el importe de la cuota tributaria.
¿Qué puntos nuevos trae este año la campaña de Renta?
En este sentido, entre las novedades más destacables para la presente campaña de Renta 2019, hay que señalar las siguientes:
- Aumento del mínimo exento en los rendimientos del trabajo.
Se modifica la obligación de declarar por el IRPF fijando el límite excluyente de la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en 14.000 euros cuando, entre otros supuestos, procedan de más de un pagador.
- Aumento de las reducciones por rendimientos del trabajo.
Con la finalidad de reducir la carga impositiva de los trabajadores con menores rentas se aumenta tanto la reducción por obtención de rendimientos del trabajo (hasta 5.565 euros anules) como el umbral de rendimientos netos del trabajo que permiten aplicar esta reducción (hasta 16.825 euros).
- Aumento de la cantidad exenta en los premios de Lotería.
En el año 2019 el importe exento y por lo tanto libre de tributación en relación con los premios de Lotería es de 20.000 euros. En contraposición a los 10.000 euros del ejercicio 2018.
- Deducción arrendamientos.
Desde el punto de vista autonómico, en el IRPF las novedades se han centrado en las deducciones. Como novedad, la Comunidad Valenciana crea la deducción por la obtención de rentas derivadas de arrendamientos. Por la misma se podrá deducir el 5% de los rendimientos íntegros en el periodo impositivo. Eso sí, siempre que la renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunidad Valenciana.
Finalmente, hemos de señalarles que la actual coyuntura económica provocada por los efectos del COVID-19, y los posibles efectos en la actividad económica a nivel global, hacen más importante si cabe tener en estos momentos una correcta planificación fiscal. Desde el equipo fiscal de Segarra os animamos a aprovechar todos aquellos incentivos fiscales contemplados en la norma que nos permitan obtener ahorros. De esta manera conseguiremos reducir la carga fiscal de nuestros hogares.
Esperamos que el presente documento haya sido de su interés. Desde Segarra nos ponemos a su entera disposición al efecto de aclarar cualquier duda que le pueda ocasionar la preparación y presentación de sus declaraciones de Renta y Patrimonio.